¿Es legal llevar tu propia comida al cine?
Tenemos la creencia generalizada de que pueden prohibirnos la entrada al cine si llevamos comida de fuera. Si la llevamos creemos que pueden interceptarla en la entrada y quitárnosla o prohibirnos entrar. Aun así, es una práctica común que realizan los usuarios cada día, entre otros motivos por los elevados precios de estos productos en el interior del cine.
Pero lo cierto es que podemos hacerlo, es nuestro derecho. Es totalmente lícito con la Ley en la mano acceder a ver una película y llevar comida, golosinas o cualquier otro producto. Y siempre hemos creído que hacíamos mal. Es más, numerosas salas de cine colocan advertencias mediante las que prohíben acceder al interior con comida del exterior.
Sabiendo que es posible hacerlo, ¿en qué se amparan los cines para hacer esto? Se escudan en que ellos ofrecen además servicios de restauración. Y están en lo cierto. El reclamo principal de estos lugares no es precisamente el bar. Cuando decidimos acudir al cine lo hacemos para ver una película no para comer. Por lo tanto, la restauración es un servicio accesorio y no su actividad principal.
Distinto es el caso en el que no se pudiese consumir ningún tipo de alimento bajo ningún concepto. A ningún usuario. Entonces podrían prohibir el consumo de alimentos en el interior. Pero en el momento en el que ofrecen la posibilidad de comprar en su bar y consumir dentro, puede hacerlo cualquier persona con independencia de donde haya adquirido el producto. Si se permite comer en el interior, se permite a todos los usuarios.
Así que puede considerarse que esta práctica es una práctica abusiva y como tal se contempla en la Ley General Para la Defensa de Consumidores y Usuarios. Está práctica habitual causa un gran desequilibrio entre las partes y limita el derecho de los consumidores. Por lo que es abusiva. Esto es así debido a que a pesar de contemplar la actividad de restauración, ésta, no es su actividad principal.
Además de constituir una práctica ilegal esta prohibición, los usuarios tenemos derecho a acceder con productos de fuera. Si es posible consumir alimentos que se venden en el cine es también posible si los traes de fuera.
¿Y tú, conocías tu derecho?
Recuerda: En SOLUCIONLEGAL ABOGADOS dispones de abogados online para realizar tu consulta legal online, somos tu ayuda legal online, contestamos todas tus dudas legales sobre el asunto que te preocupa por sólo 15 euros y te respondemos en menos de 48 horas, todo cómodamente desde nuestra plataforma web. Te ofrecemos nuestros Abogados y trabajamos en los Juzgados de toda España.
Sin cuotas, sin esperas por sólo 15 euros.