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OMISION SOCORRO

La omisión del deber de socorro y sus consecuencias.

Un médico que estaba de guardia en el servicio de urgencias es requerido en más de cuatro ocasiones por la guardia civil y policía local para que saliese de las instalaciones  a atender a un accidentado a tan sólo 60 metros del hospital donde se encontraba trabajando. El facultativo se negó a acudir. El accidentado que precisamente se dirigía al servicio de urgencias del hospital porque se encontraba mal, finalmente falleció.

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha le condena por omisión de socorro a una multa de casi 3.000 euros e inhabilitación para el ejercicio de profesión, cargo público o empleo de facultativo durante seis meses, y además deberá indemnizar a los padres de la víctima con 20.000 euros a cada uno, y a la mujer y la hija (que nació poco después del fallecimiento) con 30.000 euros cada una, por el daño moral causado por la incertidumbre de si se hubiera podido salvar.

Fuente

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